FRENO A LAS MEDICIONES: MAGISTRADA DEL CNE ORDENA SUSPENDER ENCUESTAS DE ATLASINTEL Y PROHÍBE A SEMANA PUBLICARLAS
La medida cautelar, expedida de manera individual por la magistrada Fabiola Márquez sin someterla a Sala Plena, se apoya en dos informes de auditoría que señalan seis irregularidades metodológicas y administrativas de la encuestadora.
Este martes, la magistrada Fabiola Márquez, del Consejo Nacional Electoral, expidió un auto mediante el cual decretó como medida cautelar de urgencia la suspensión inmediata y prohibición temporal de publicación, difusión y divulgación de encuestas electorales por parte de la firma AtlasIntel S.A.S. y el medio de comunicación Revista Semana, con fundamento en el Informe Final de Auditoría Técnica y Metodológica emitido por la Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas del CNE, incorporado en el expediente CNE-E-DG-2026-014724.
Una decisión sin Sala Plena que ya genera polémica
La medida, de 17 páginas, generó controversia desde su expedición porque la magistrada Márquez no la sometió a discusión ni votación de la Sala Plena del CNE, como es el procedimiento habitual en ese tribunal electoral. Semana anunció que usará todos los recursos legales disponibles y acudirá a todas las instancias para defender el derecho a la libertad de prensa, la información de los colombianos y el debido proceso.
Las irregularidades que motivaron la medida
La decisión se sustenta en dos informes de auditoría de la Comisión Técnica del CNE. El segundo informe enumera seis irregularidades que van más allá de la metodología: publicar como encuesta lo que sería un sondeo, entregar información tardía al CNE, no reportar aportes a campañas y difundir las preguntas en un orden distinto al aplicado en la medición.
En el plano técnico, los auditores señalaron que la metodología de reclutamiento digital de AtlasIntel no cumple el supuesto estructural de representatividad estadística exigido por la Ley 2494 de 2025, dado que la captación de participantes depende de reclutamiento digital orgánico sin control probabilístico de inclusión. El primer informe también advirtió que no se puede respaldar el margen de error del 2% que reporta la firma.
El contexto: un mercado de encuestas que se reduce
Días antes de esta decisión, la encuestadora GAD3, contratada por RCN Televisión, había anunciado la suspensión voluntaria de publicaciones de encuestas electorales en Colombia. Con este nuevo episodio, solo quedan cuatro consultoras que realizan encuestas en el país, con el riesgo de que queden tres si se confirma la sanción contra AtlasIntel.
La defensa de AtlasIntel y el debate de fondo
Actores del ecosistema de análisis electoral rechazaron las acciones ante el CNE describiéndolas como intentos de censura, argumentando que las metodologías basadas en inteligencia artificial y procesamiento de datos digitales constituyen una evolución de las técnicas tradicionales que la Ley 2494 de 2025 no regula explícitamente.
El CNE aclaró que la apertura del proceso y la formulación de cargos no implican una sanción inmediata, sino el inicio de un proceso administrativo en el que los implicados podrán presentar descargos y pruebas. De comprobarse las irregularidades, las sanciones podrían incluir multas o la suspensión definitiva de actividades relacionadas con la elaboración y divulgación de encuestas.
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